[Foto: Las2Orillas]
[16 Feb 2017]
La Consejo de Estado señaló, a través de un fallo, que la pregunta que se formuló para llevar a cabo la consulta popular minera en Ibagué debe replantearse, motivo por el cual ordenó al Tribunal Administrativo de Ibagué junto a la alcaldía, realizar los ajustes en un plazo de 30 días para continuar con el proceso de la consulta, desmintiendo que se haya frenado.
La pregunta era ¿Está usted de acuerdo SÍ o NO que en el Municipio de Ibagué se ejecuten proyectos y actividades mineras que impliquen contaminación del suelo, pérdida o contaminación de las aguas o afectación de la vocación agropecuaria y turística del municipio?, que para la Corte de Estado debe ser ajustada.
Sin embargo, pese a que esta decisión del Consejo significa una demora más en los trámites, para el Comité Ambiental en Defensa de la Vida, este fallo “ratifica nuevamente que los municipios tienen competencia para adelantar consultas populares sobre el desarrollo de proyectos y actividades mineras en su territorio, toda vez que tal competencia hace parte de la autonomía que el artículo 1º de la Carta Política les reconoció a las autoridades territoriales”. Le puede interesar: "Consulta popular minera por fin tiene vía libre"
La Corte Constitucional dejó en firme el fallo que permite a los alcaldes del país vetar y oponerse a la realización de proyectos mineros en sus municipios si consideran que pueden afectar el ambiente y desarrollo de las comunidades.
Es por ello que el Comité Ambiental en Defensa de la Vida expresó que continuará apoyando la consulta minera en Ibagué hasta que sea una realidad: “como tolimenses nos corresponde seguir construyendo caminos para la defensa de nuestros municipios. Los fallos que actualmente siguen su curso en torno a la consulta popular, muestran que estamos fortalecidos para seguir mostrando que como ciudadanos conscientes estamos en la capacidad de defender nuestro territorio”. Le puede interesar: "Consulta popular minera busca frenar 35 títulos mineros en Ibagué"