Corte Constitucional confirma: Alcaldes podrán impedir proyectos mineros

foto
Foto: Comité Ambiental Tolima
[16 Feb 2017]

Los alcaldes y entidades territoriales, podrán impedir el desarrollo de proyectos mineros. Así lo dejó en firme la Corte Constitucional en un  debate de sala plena,  donde confirmó que no se puede vulnerar el principio de la autonomía territorial regional.

La decisión ya se había tomado en mayo del 2016. Consistía el  artículo 37 de la Ley 685 de 200, por medio de la cual se prohibía a las autoridades departamentales y locales impedir el desarrollo de minería.

Se trata de una norma del Código de Minas que impedía a las entidades regionales negarse a proyectos donde se explote el subsuelo, con lo que el gobierno nacional podía imponer su voluntad y poner en marcha este tipo de proyectos. Ahora los alcaldes y gobernadores podrán hacerlo así el gobierno no esté de acuerdo.

De esa manera  se acordó que el artículo del Código vulneraba el derecho que tienen las autoridades locales para decidir sobre sus destinos político y económico. El artículo se establece como inconstitucional, gracias a la demanda interpuesta por dos alumnos de la Universidad de Antioquia quienes se dieron cuenta que esta Ley estaba en contra de la propia Constitución Política del país.

Reciba toda la información de Contagio Radio en [[su correo]