EPS podrán ser sancionadas si no acatan órdenes de la Supersalud

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Foto: primicidiario
[18 Jul 2016]

Ahora las colombianas y los colombianos cuentan con una nueva herramienta para exigir que las EPS cumplan con las decisiones tomadas desde la Superintendecia de Salud para garantizar este derecho. Se trata de  Ley de Fortalecimiento Institucional del sector salud o la Ley 1797.

La nueva Ley permite que, con arresto a la persona o entidad  hasta por seis meses y multas de hasta de 20 salarios mínimos mensuales, las EPS sean sancionadas por desacato a las órdenes de la Superintendencia de Salud. Es así como se busca terminar con los constantes incumplimientos de las EPS, que pese a que cuentan con una orden por parte de la Supersalud,  siguen dilatando y poniendo en riesgo la salud de los colombianos.

Esta Ley, firmada por el presidente Juan Manuel Santos el pasado 13 de julio, consta de 28 artículos y tiene como objetivo establecer nuevas posibilidades para financiar servicios no incluidos en el plan de beneficios (no POS), fortalecer el saneamiento contable y además busca generar mayor liquidez para la salud.

Otros de los puntos importantes de Ley son: el fortalecimiento de los canales de comunicación con la ciudadanía para recibir y resolver quejas y reclamos. Así mismo, habilita a departamentos y distritos para que utilicen sus excedentes de rentas cedidas para pagar deudas de servicios no POS en el régimen subsidiado, que hoy ascienden a 800.000 millones de pesos en todo el país.

De esta manera se espera mejorar la calidad del servicio a los pacientes que están esperando medicamentos, ya que permite que el Ministerio de Salud gire recursos directamente a proveedores del régimen subsidiado, pues se saltan varios escalones de la cadena  de pago tales como el Fosyga, EPS, IPS y los proveedores de medicamentos.

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